El Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre, prorroga y ajusta las medidas frente a la subida de los precios de la energía por la crisis en Oriente Medio. Está en vigor desde el 1 de octubre de 2026. La Diputación Permanente del Congreso convalidó este real decreto-ley el 16 de octubre de 2026, y la convalidación se publicó en el BOE del 20 de octubre, así que sus medidas se mantienen. Te resumimos cómo te afecta.
Gasolina y gasóleo: rebaja del Impuesto sobre Hidrocarburos
- Octubre: 20 céntimos por litro.
- Noviembre: 13 céntimos. Se mantienen los 20 si, en septiembre, el IPC de ese carburante (gasolina o gasóleo) supera en más de un 15 % el de septiembre del año anterior.
- Diciembre: 6 céntimos. Pasa a 13 si se cumplió esa condición en septiembre, o a 20 si se cumple en octubre.
Según los datos del INE publicados el 14 de octubre, en septiembre la gasolina subió un 27,5 % y el gasóleo un 34 % respecto a un año antes. Por eso, en noviembre se mantiene la rebaja de 20 céntimos por litro en los dos carburantes, y en diciembre será, como mínimo, de 13 céntimos. Que llegue a 20 dependerá del IPC de octubre, que el INE publicará en noviembre.
Luz y gas: IVA e Impuesto sobre la Electricidad
El decreto permite aplicar en noviembre y diciembre de 2026 el IVA del 10 %, en lugar del 21 %, en estos casos:
- A la electricidad de los contratos con potencia contratada de hasta 10 kW y de los perceptores del bono social con la condición de vulnerable severo o vulnerable severo en riesgo de exclusión social, si el IPC de la electricidad supera en más de un 15 % el del mismo mes del año anterior. Con esa misma condición, el Impuesto sobre la Electricidad baja del 5,11 % al 0,5 %.
- Al gas natural, las briquetas y pellets de biomasa y la leña, si es el IPC del gas natural el que supera ese 15 %.
En septiembre, según el INE, la electricidad subió un 11,4 % y el gas natural un 4,3 %, así que en noviembre no se aplican estas rebajas: la luz y el gas siguen con el IVA del 21 %. Lo que pase en diciembre dependerá del IPC de octubre.
Transportistas, agricultores y hogares
- Gasóleo profesional: se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 la ayuda para quienes tienen derecho a la devolución parcial del impuesto. Es de 5 céntimos por litro en octubre y, como se mantiene la rebaja de 20 céntimos, también de 5 céntimos en noviembre. En diciembre será de 12 céntimos, o de 5 si la rebaja vuelve a ser de 20.
- Los transportistas que no pueden acogerse a esa devolución tienen una ayuda directa, cuyo importe depende del tipo y del número de vehículos.
- Gasóleo agrícola: del 1 de octubre al 31 de diciembre, la ayuda cubre hasta el 70 % de la diferencia entre el precio medio semanal y el precio anterior al conflicto, con un máximo de 0,20 € por litro.
- La bombona de butano de 12,5 kg tiene un precio máximo de 19,55 € en la Península hasta el 30 de junio de 2027.
Ojo si tu empresa recibe ayudas directas
Las empresas que reciben las ayudas directas de este decreto no pueden despedir hasta el 31 de diciembre de 2026 por fuerza mayor ni por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción ligadas a esta situación. Si lo hacen, tendrán que devolver la ayuda y el despido será nulo. Tampoco pueden usar esas causas para no llamar a los trabajadores fijos discontinuos.
Si quieres saber cómo te afectan estas medidas, lo revisamos contigo en nuestros servicios fiscales; para cualquier duda sobre plantilla y despidos, consulta nuestros servicios laborales. También puedes llamarnos al 934 483 714, escribirnos a asesoria@gomezrosasesores.com o pedir una videollamada. Atendemos en toda Cataluña.
Fuentes oficiales: Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre (BOE-A-2026-20265) · INE: IPC de septiembre de 2026 por subclases · Resolución de 16 de octubre de 2026, del Congreso de los Diputados, de convalidación (BOE-A-2026-21788, BOE núm. 260, de 20/10/2026)
