Desde el 23 de octubre de 2026 está en vigor la Ley 4/2026, de 1 de octubre, que reforma la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y la Ley de Dependencia. Te contamos los dos cambios que más te pueden afectar, tanto si tienes empresa como si en tu familia hay una persona en situación de dependencia.
Si tienes empresa: adaptar el puesto también a quien cuida
La ley obliga a la empresa a adoptar las medidas adecuadas para adaptar el puesto de trabajo y la accesibilidad, según las necesidades de cada caso. Esta obligación ya no se limita a las personas trabajadoras con discapacidad: también alcanza a quienes cuidan de una persona con discapacidad y son su cónyuge o pareja de hecho, o familiares hasta el segundo grado por consanguinidad.
La empresa solo queda exenta si la medida supone una carga excesiva. Para valorarlo se tienen en cuenta las ayudas públicas disponibles, el coste de la medida y el tamaño de la organización.
Nuestro consejo: si alguien de tu plantilla te pide una adaptación porque cuida de un familiar con discapacidad, estudia la petición, deja por escrito qué medidas has valorado y, si consideras que es una carga excesiva, documenta el motivo. Si tienes dudas, te ayudamos desde nuestros servicios laborales.
Si en tu familia hay una persona con dependencia
La ley equipara el grado de dependencia a un porcentaje de discapacidad:
- Grado I de dependencia: discapacidad del 33 %.
- Grados II y III: discapacidad del 65 %.
Esta equiparación solo produce efectos en los ámbitos que prevean la propia ley u otras normas. Además, la persona puede seguir pidiendo la valoración de su discapacidad real.
Ojo con Hacienda
La ley dice expresamente que esta equiparación no se aplica en el ámbito tributario. Por tanto, tener reconocido un grado de dependencia no sirve por sí solo para aplicar las ventajas fiscales por discapacidad, como el mínimo por discapacidad en el IRPF. Para eso sigue haciendo falta acreditar la discapacidad como exige la normativa fiscal. Si quieres revisar tu caso antes de la próxima declaración de la renta, consulta nuestros servicios fiscales.
